Se acerca el final de las llamadas telefónicas comerciales
La Unión de Consumidores de Aragón (UCARAGON) informa de que ha entrado en vigor, hoy 29 de junio, la ley que regula el derecho a no recibir llamadas comerciales no deseadas (artículo 66.1.b) de la Ley 11/2022, General de Telecomunicaciones.
Aun así, desde UCARAGON advierten que existen dudas sobre la efectividad de esta ley, ya que está sujeta a parámetros como los siguientes:
- Las llamadas telefónicas comerciales podrán seguir efectuándose si se hacen fuera del territorio español, es decir, si la central telefónica de la empresa está en otro país podrán seguir realizando llamadas.
- La empresa puede seguir llamando a sus clientes, e incluso a la clientela anterior que no haya ejercitado el derecho de supresión o “al olvido” (consultar aquí) de los datos personales.
Las llamadas telefónicas que son legales son las amparadas con base a lo regulado en el artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679 (consultar aquí), que recoge cláusulas como el consentimiento de los datos, la recopilación de datos para un contrato o para el cumplimiento de una obligación legal o por intereses públicos y legítimos.
Hasta ahora, las personas que no querían recibir llamadas de spam podían anotar sus datos personales en la Lista Robinson, aunque aun así se ejercían métodos ilegales para la recopilación de datos y continuar con las llamadas.
Por último, UCARAGON afirma que “la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ultima la aprobación de una circular para fijar los criterios a los que responderá la actuación de la AEPD en la aplicación de la normativa sobre protección de datos de carácter personal”.